
“La alícuota general a aplicarse en el ejercicio fiscal restante del 2018 y todo el ejercicio fiscal 2019 se fija en dieciséis por ciento (16 %)”, indica la gaceta.
Cabe destacar que esta medida estará vigente desde el 1 de septiembre de 2018, misma fecha en la que también entrará en curso el nuevo valor del salario mínimo, que aumentó 35 veces también por dictamen del Jefe de Estado.
El Ejecutivo nacional señaló que esta acción “forma parte de una reforma tributaria que persigue el incremento de la recaudación para disminuir el déficit fiscal, y evitar el deterioro de la capacidad adquisitiva de los ingresos fiscales”.